INSPECTOR

REGLAMENTO ORGANICO INTERNO Y DE DISCIPLINA DEL CUERPO DE BOMBEROS

Art. 114.- Obligaciones de los inspectores. - Son obligaciones de los inspectores de prevención de incendios:

1.     a) Colaborar con el Jefe del departamento, cumpliendo las órdenes y directivas;

2.     b) Realizar las inspecciones encomendadas;

3.     c) Acudir a su trabajo y a las inspecciones correctamente uniformado y con el material necesario;

4.     d) Elevar el informe a su superior en los formularios establecidos;

5.     e) Extender citaciones a los propietarios o responsables de la seguridad de un local, cuando no cumplan con las normas establecidas y o recomendadas;

6.     f) Mantenerse actualizado en los conocimientos técnicos relacionados con la prevención de incendios; y,

7.     g) Estar debidamente capacitado para dictar conferencias, dirigir charlas, mesas redondas, cursos de capacitación y efectuar campañas a cualquier nivel.

ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN POR PROCESOS DEL CUERPO DE BOMBEROS DE ALAMOR CANTÓN PUYANGO

INSPECTOR

Misión.- Realizar el trabajo in situ sobre si el establecimiento o lugar sujeto de inspección cumple con las normas de seguridad y prevención de incendios.

Atribuciones y Responsabilidades:

Asesorar técnicamente en los diferentes locales comerciales, dependencias e instituciones públicas o privadas que soliciten o presenten riesgos de incendios. Supervisar o inspeccionar la existencia de sistemas de equipos de protección, prevención y extinción de

  • incendios en todos los lugares donde haya concentración de público.
  • Inspeccionar fábricas, industrias, instituciones, cines, teatros, cafeterías, bares, restaurantes y demás sitios que representen concentraciones de público.
  • Participar en calidad de instructor en los eventos de capacitación sobre los sistemas técnicos de prevención, defensa y evaluación de incendios y el uso de equipos.
  • Extender citaciones a los responsables de la seguridad de locales edificios, dependencias e instituciones públicas, cuando no cumplieren con las medidas de seguridad pertinente.
  • Instruir en forma periódica y práctica el tema de prevención y evacuación de incendios, a los diferentes establecimientos educativos.
  • Presentar informes diarios de sus labores realizadas al jefe inmediato superior.
  • Otras disposiciones del jefe inmediato superior, que sean acorde a sus funciones.
  • Asesorar técnicamente en los diferentes locales comerciales, dependencias e instituciones públicas o privadas que soliciten o presenten riesgos de incendios.

Productos y Servicios:

  • Inspección técnica y física de los establecimientos públicos y privados destinados al servicio de la ciudadanía a fin de que cumplan con normas de prevención y seguridad.

Velar para que los establecimientos a afluencia masiva tengan los planes de emergencia y contingencia apropiados

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