JEFATURA

ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN POR PROCESOS DEL CUERPO DE BOMBEROS DE ALAMOR CANTÓN PUYANGO

JEFE DE BOMBEROS

1.     Misión. - Representar legal, judicial y extrajudicialmente al Cuerpo de Bomberos de Alamor Cantón Puyango con mando, probidad, eficiencia, calidad, profesionalismo, y solidaridad con el fin de optimizar y garantizar el servicio público a la ciudadanía.

1.     Responsable: Jefe del Cuerpo de Bomberos.

2.     Atribuciones y Deberes.

  • Rol de Conducción y Mando del Cuerpo de Bomberos
  • Preside el Comité de Administración y Planificación.
  • Vela que el Institución se encuentre en óptimas condiciones de funcionamiento para una eficiente atención a la ciudadanía
  • Gestiona de manera oportuna ante la Empresa Eléctrica el pago oportuno de los impuestos recaudados por concepto del adicional de las planillas por el consumo de energía y las tasas señaladas en el pago del impuesto predial que se recauda a través del GAD Municipal, la misma forma parte del presupuesto institucional.
  • Aprueba a través de Ordenes Generales las altas, bajas, incorporaciones, licencias, pases, comisiones, estímulos, reconocimientos, condecoraciones y demás acciones administrativas relevantes que disponga la Ley.
  • Elabora el Plan Operativo Anual en forma conjunta con los Jefes Departamentales, y lo pondrá consideración del Comité de Administración y Planificación.
  • Vigila la actividad Operativa- técnica y administrativa del Cuerpo de Bomberos de Alamor Cantón Puyango y el cumplimiento de planes, programas y proyectos de desarrollo institucional.
  • Nombra a través de acciones de personal y remueve o cesa de sus funciones a servidores del Cuerpo de Bomberos siguiendo el Debido Proceso y por las causas que determina la Ley.
  • Autoriza adquisiciones de bienes y servicios para el Cuerpo de Bomberos de Alamor Cantón Puyango incluyendo los seguros de vehículos y de vida y accidentes beneficiando al personal operativo rentado y voluntario. Autorizar las adquisiciones que no pasen de 50 salarios mínimos vitales, observándose, según los casos, las respectivas normas de la Ley de Contratación Pública y Art. 78, numeral 6) del Reglamento Orgánico Operativo y de Régimen Interno y Disciplina de los Cuerpos de Bomberos del País.
  • Legaliza con su firma toda la documentación referente a pagos y transferencias que se requiere para el registro y pago a proveedores de bienes y servicios.
  • Aprueba y confirma los pagos a proveedores en el sistema SPI del Banco Central del Ecuador, previo a la emisión de la certificación presupuestaria realizado por Tesorería o el departamento de Contabilidad.
  • Aprueba convenios, contratos y adquisiciones con la autorización del Comité de Administración y Planificación cuando el procedimiento así lo requiera y siguiendo las normas de contratación pública.
  • Dispone de acuerdo a su competencia, la clausura de locales que no cumplan con las normas de seguridad contra incendios.
  • Autoriza todo tipo de trámites inherentes a la labor de la entidad.
  • Asiste a las emergencias y toma el mando del incidente, siguiendo los protocolos de actuación
  • Realiza los trámites de autogestión tanto con organismos nacionales como internacionales para la consecución de donaciones de equipos, implementos y vehículos de emergencia y rescate a favor del Cuerpo de Bomberos.
  • Los demás que determine la ley y los reglamentos.

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